De todos es
sabido que existe una gran diferencia
entre lo que los usuarios esperan de un trabajo de auditoría y la información
que reciben en el Informe de Auditoría, esto es lo que se pretende corregir con
los nuevos informes.
Es la Resolución de 23 de
diciembre de 2016, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), la que ha modificado determinadas Normas Técnicas de
Auditoría relacionadas, principalmente, con la emisión del informe de auditoría
y con la formación de la opinión del auditor en el mismo. Lo que se pretende
con estas modificaciones es mejorar el valor de comunicación del informe de
auditoría mediante una nueva estructura en su presentación y la ampliación de su contenido.
Así pues, los principales cambios consisten en la nueva forma del contenido del
documento, así como en la novedosa inclusión de un apartado específico dedicado
a exponer de forma resumida “los aspectos más relevantes de auditoría” identificado
y abordado por el auditor en el desarrollo de su trabajo.
Para regular el aspecto de las cuestiones clave de la auditoría o
de los riesgos más significativos, se emite una nueva NIA-ES 701, denominada
“Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría
emitido por un auditor independiente”.
La Resolución también incluye un nuevo glosario de términos, la
necesidad de comunicar los riesgos de auditoría más importantes a los
responsables del gobierno de la Entidad, así como nuevas obligaciones respecto
a la verificación del contenido del informe de gestión, entre otros.
El informe de auditoría actual, es un informe corto de una a dos
páginas donde se expone fundamentalmente la opinión del auditor, y en su caso
los motivos por los cuales la opinión es modificada. Por lo tanto el
informe está enfocado fundamentalmente a eso solo, no detallándose ningún
aspecto más.
Sin embargo los nuevos informes de auditoría cambian totalmente
de enfoque, se trata de un informe largo, en el que el aspecto fundamental
seguirá siendo la opinión del auditor (será el primer párrafo del nuevo
informe), pero luego tiene una serie de párrafos incluso anexos al informe en
el que se describirán aspectos críticos de la empresa, riesgos, incertidumbres,
el trabajo que realiza el auditor y su responsabilidad, la responsabilidad de
los administradores, etc.
Tras esta modificación podemos concluir que los nuevos informes de
auditoría no consistirán solamente en la opinión, sino en exponer otras
circunstancias de la empresa que puedan ayudar al lector a hacerse una imagen
de ella más real, describiendo una serie de circunstancias que le afectan.
También en el propio informe, o bien en un anexo
al mismo se describirá con todo detalle en que consiste el trabajo del auditor
de cuentas, para que el usuario sepa que es una auditoría y lo que ésta le
puede proporcionar y lo que no.
La nueva regulación establece que los informes de auditoría habrán
de ser más informativos, interesantes y valiosos. El informe del auditor
será más relevante y como consecuencia también la profesión auditora
será más relevante, sin duda este nuevo informe confiere mayor protagonismo al
auditor y al resultado de su trabajo mediante un informe más amplio y
transparente.
Estos cambios afectaran a los trabajos de auditoría de cuentas
sobre estados financieros de los ejercicios iniciados a partir del 17 de junio
de 2016.
En otros países, especialmente en el Reino Unido, han recibido los
cambios de forma muy favorable. Confiemos y esperemos que la puesta en marcha del nuevo modelo en
España sea igual de positiva.